¿QUÉ TIENE QUE VER EL CONSENTIMIENTO INFORMADO CON EL CÓDIGO DE ÉTICA?
Los códigos de ética profesional velan por el derecho a la privacidad, a la confidencialidad, la autodeterminación y la autonomía de las personas. El paciente puede conocer el tratamiento que se le aplicará, Debe el conocer en qué condiciones y de qué fases consistirá el tratamiento, Tal derecho de autonomía no sólo se aplica en relación a la decisión de iniciar o no un tratamiento, sino también a aceptar las condiciones de su desarrollo y finalización.Es allí donde se aplicaría el código de ética del psicólogo ya que tiene mucho que ver con el consentimiento informado porque permitirá, que el paciente tenga una mejor noción y claridad del tratamiento que se le va aplicar:
- El artículo 46 del código de ética del colegio del psicólogos del Perú, dice: "El psicólogo que pide a un individuo que revele información personal en el curso de la entrevista, tests o evaluaciones o que permite que le revele información, lo hace solo después de estar seguro de que la persona responsable tiene total conocimiento de los propósitos de la entrevista, el test o la evaluación y de las manera en que puede utilizarse la información.
- El artículo 52 dice: "El cliente tiene el derecho de recibir y el psicólogo el deber de explicar la naturaleza y propósitos de la evaluación psicológica y de dar los resultados de esta en un lenguaje que el cliente pueda comprender..."
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